Si una reinstalación de la antena debes realizar, una ayuda del gobierno puedes solicitar
No esperes al último momento para hacer las verificaciones necesarias. Aunque pareciera que para seguir recibiendo la oferta completa de canales de televisión sólo hay que resintonizar nuestros aparatos, lo cierto es que se estima que, actualmente, sólo el 35% de las viviendas en España disponen de las antenas adecuadas para ello. Esto significa que tu comunidad puede ser una de las que deban invertir en realizar una nueva antenización.
El objetivo, de cara al televidente como tú y como yo, es seguir viendo en casa los mismos canales de televisión a los que estamos acostumbrados. Sin embargo, el mayor beneficio lo obtendrán las compañías de telecomunicaciones, que usarán la banda de frecuencia de 800 Mhz, hasta ahora ocupada por las cadenas reubicadas, para ofrecer servicios de telefonía de cuarta generación, más conocida como 4G.
El Ministerio de Industria ha hecho públicos datos que estiman que la tecnología 4G producirá un beneficio económico de 12.000 millones de euros en los años venideros, equivalentes al 1% del PIB -Producto Interior Bruto- español, porque permitirá a las empresas del sector brindar servicios de internet móvil con mayor velocidad de conexión, hasta 100 Mbps. Además, se espera que mejore la calidad de la señal en el interior de los edificios en general y extender la oferta de servicio de banda ancha móvil de alta velocidad a, por ejemplo, zonas rurales donde actualmente no es posible contar con ella.
Por todo esto, no resulta extraño que el Gobierno haya destinado 280 millones de euros para compensar los gastos derivados de las adaptaciones que los contribuyentes tendremos que realizar en las antenas individuales que no sean capaces de captar las nuevas frecuencias. Sin embargo, se calcula que alrededor de 800 millones correrán por cuenta exclusiva de los propietarios de las viviendas.
Esto quiere decir que un gran porcentaje -calculo que un 74%- de los trabajos de reantenización no se verán cubiertos por el programa de ayudas destinado para tal fin.
Hablemos de las ayudas
Según los datos publicados en el portal que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha destinado a lo relacionado con la televisión digital estas ayudas se otorgarán “sin discriminaciones y en condiciones de igualdad de oportunidades”.
Están destinadas a las comunidades de propietarios de edificios de viviendas, o conjunto de ellos, sujetos al régimen de propiedad horizontal que, por tener instalado un sistema de antena colectiva basado en un amplificador monocanal o centralita programable, requieran una adaptación o reinstalación. Cada comunidad de propietarios podrá solicitar sólo una subvención. No están subvencionados los trabajos que, a este respecto, se realicen en edificaciones de uso no residencial.
Las viviendas unifamiliares y los edificios que ya cuenten con sistemas de amplificadores de banda ancha, no necesitan hacer ninguna adaptación.
Las ayudas podrán ser solicitadas por la comunidad de propietarios, un representante de la misma o el propio instalador designado para la adaptación de la antena. En cualquiera de los casos el pago se realizará a través de la cuenta de la comunidad de propietarios.
La solicitud debe presentarse después de realizados los trabajos, y únicamente los efectuados entre el 1 de junio de 2014 y el 30 de junio de 2015. La solicitud y tramitación de las subvenciones se realizará a través de la sede electrónica de Red.es o del Ministerio.
Es IMPORTANTE tomar en cuenta que las solicitudes serán atendidas por orden de presentación en el sistema electrónico de gestión hasta el agotamiento de los fondos.
Las ayudas solicitadas no podrán ser superiores a los importes reflejados en las facturas presentadas y no incluyen el IVA. Además, cubrirán únicamente los desembolsos relacionados con las adaptaciones motivadas por la liberación del dividendo digital en los edificios que lo necesiten y variarán según el sistema de antena colectiva que posean para ese momento. Esto es porque una centralita programable sólo requiere una adaptación, y no la instalación de equipamiento adicional, como en otros casos.
¿A cuánto ascienden las ayudas?
Para los trabajos requeridos por una centralita programable la ayuda máxima asciende a 100€ en todos los casos, en cualquier lugar del España.
En lo que respecta a los amplificadores monocanales, todo depende del número de múltiples digitales afectados, dependiendo de los canales de televisión que se han reubicado en cada zona geográfica. Según esto, las ayudas se dividen así:
1 múltiple digital: 150 €
2 múltiples digitales: 250 €
3 múltiples digitales: 350 €
4 múltiples digitales: 450 €
5 múltiples digitales: 550 €
Para ver los múltiples digitales afectados en tu zona, visita el siguiente enlace: http://www.televisiondigital.gob.es/Ciudadano/Paginas/multiples-codigo-postal.aspx
¿Cómo se solicitan las ayudas
Es necesario que las comunidades de propietarios posean un NIF y sean titulares de una cuenta bancaria a su nombre, donde se ingresará el importe de la ayuda. Los trabajos deben ser realizados únicamente por empresas autorizadas e inscritas en los Registros de empresas instaladoras en los tipos “A” o “F”. Consulta el listado de estas empresas (en http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/Infraestructuras/RegistroInstaladores/Paginas/
ConsultaInstaladores.aspx) antes de elegir a una u otra.
En cuanto a la documentación, debe presentarse:
• La factura emitida por la empresa instaladora autorizada que haya realizado la adaptación, donde se detallen claramente, los gastos directamente relacionados con el proceso de liberación del Dividendo Digital.
• Boletín de instalación que la empresa instaladora deberá entregar a la Comunidad de Propietarios una vez realizada la adaptación, que detalle el tipo de instalación existente en el edificio y los trabajos realizados con motivo de la adaptación al dividendo digital. Puedes descargar los modelos aquí: http://www.televisiondigital.gob.es/DividendoDigital/Paginas/
modelos-boletin-instalacion.aspx
• Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria a nombre de la comunidad de propietarios donde se solicita el ingreso de la ayuda (por ejemplo, copia de recibo domiciliado o certificado de titularidad de cuenta).
• Es importante disponer de esta documentación en formato electrónico (jpg o pdf) para poder presentarla a través de internet.
Espero que esta información te haya resultado útil. Recuerda que las solicitudes se concederán, o no, siguiendo el orden de presentación, así que no dejes para luego su presentación.