Nuevos porcentajes de retención
Ya estamos en 2015, así que ya han entrado en vigencia las modificaciones incluidas en la reciente reforma fiscal publicada el pasado 28 de noviembre de 2014, como las nuevas retenciones a aplicar en los rendimientos derivados del capital inmobiliario, entre los que se encuentran las rentas derivadas de arrendamientos de bienes inmuebles.
Hasta el pasado 31 de diciembre la retención a aplicar era del 21%. A partir del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de este mismo año los inquilinos de bienes inmuebles urbanos destinados a actividades comerciales, industriales, profesionales o de negocio deben practicar una retención del 20% de la renta que abonan a la propiedad. Desde el 1 de enero de 2016 el importe de esta retención se reduce al 19%.
En lo que respecta a las actividades profesionales, como comerciales, abogados, notarios, etc., la retención pasa del 21% aplicado hasta el 2014 al 19% en 2015 y al 18% en 2016.
Estos ajustes no suponen una reducción el los impuestos a pagar, sino la disminución de los pagos a cuenta a computar en la declaración de la renta.