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La reforma fiscal: aprobada con enmiendas

El pasado 21 de noviembre el Congreso ha aprobado de manera definitiva la reforma fiscal que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015. Esta aprobación corresponde a las enmiendas introducidas sobre la reforma anunciada en junio de 2014.

El Gobierno considera que el coste recaudatorio de estas modificaciones devolverá, entre 2015 y 2016, 9.000 millones de euros a los contribuyentes. Asimismo, Cristóbal Montoro, Ministro de Hacienda, admite que puede haber «diferencias significativas» en la aplicación de la reforma fiscal, según como la aplique cada comunidad autónoma.

Una de estas modificaciones va dirigida a los entes públicos de radio y televisión autonómicas, que podrán deducirse todo el IVA que soportan, en la búsqueda de acrecentar su liquidez y solvencia financiera.

En lo que respecta al mercado inmobiliario, se replantea la propuesta realizada en junio (https://www.iregua.com/noticias.php?accion=ficha&id=85), se mantienen los coeficientes de abatimiento del 11,11% para la transmisión de viviendas, 25% para las acciones y 14,28% para otras ganancias patrimoniales, cuando el precio de transmisión sea igual o menos a los 400.000 euros.

Esta enmienda representa una disminución en la tributación por las plusvalías ocasionadas por las ventas de las viviendas adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994 y hasta el 20 de enero de 2006.

Las rebajas para la retenciones de los autónomos llegarán al 20% en 2015 y al 19% en 2016. Se prolonga la exención tributaria en la entrega de acciones gratuitas a los trabajadores de las propias empresas, cuando se haga a todos los trabajadores activos en las mismas condiciones sin exceder los 12.000 euros anuales por cada trabajador.

Los contribuyentes podrán cambiar la instrumentación de un plan de ahorro a largo plazo sin perder el beneficio fiscal adquirido ni extinguir el plan anterior, lo que hará posible hacer cambios entre depósitos, contratos financieros y seguros de vida.

Se impedirá el intercambio de información tributaria con los llamados “paraísos fiscales”.

Las flores y plantas ornamentales, ”así como las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtención» tributarán al 10% en el IVA. Se aplicará una deducción del 10% en el IRPF a las donaciones realizadas a asociaciones declaradas de utilidad pública no incluidas entre los organismos a los que se aplica la ley de régimen fiscal sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y a las que se hagan a fundaciones que rindan cuentas al órgano del protectorado que les corresponda.

La Ley de Impuesto de Sociedades también se ha modificado. Los contribuyentes podrán restarse un 5% de la base imponible de amortizaciones no deducidas en por períodos iniciados en 2013 y 2014. A partir de 2015, la deducción será del 2%.

También se han realizado algunas correcciones técnicas en materia de IVA. De igual manera, se ha dado el visto bueno a una reducción del 6% al 5% en el coste de la electricidad sobre el valor de la producción que debe tener una industria para poder acogerse a la rebaja del 85%.

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